Se pueden recurrir las multas que hacen perder puntos?
El infractor que sea sancionado con la pérdida de puntos tiene dos oportunidades para recurrir si considera que esta sanción ha sido injusta. La primera corresponde a los 15 días siguientes a la primera notificación, recibida
directamente de los agentes en la carretera o en el domicilio. Es el plazo durante el cual pueden presentarse alegaciones contra los hechos denunciados si ha detectado algún error o falsedad en los mismos.
Si las alegaciones son rechazadas y se confirma la sanción, el conductor aún puede presentar un recurso ante la autoridad superior, el alcalde, en vías urbanas, la consellera de Interior en Catalunya y el ministro en el resto de España. Dispone para ello de un mes. Si las autoridades vuelven a rechazar sus argumento, la retirada de puntos se convierte en firme y no caben ya nuevos recursos. El ordenador central de la DGT resta los créditos y lo comunica al afectado. Esta imposibilidad de presentar una nueva apelación ha llevado a la Asociación Europea de Automovilistas (AEA) a recurrir la norma ante el Tribunal Supremo.
Vía : El Periódico
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Publicado el 26 Julio, 2006 en El Justiciero + España




2 comentarios
y yo sin carnet….:(
eso significara que por fin he conseguido el puñetero carnet
Yo quiero que me quiten dos puntos
Si se observa una infracción,se debe parar e identificar al infractor.No de..jarlo
como “NO HACERLO POR IMPOSIBILIDAD DEL TRAFICO”
Cuando se observa una infracción de Trafico.Se debe identificar al infractor parando el auto. No se puede de ninguna de las maneras pasar de largo esta operacion y colocar en la denuncia este letrero.”NO SE HACE POR IMPOSIBILIDAD DEL TRAFICO” Así sin dar la cara se pueden poner lOO multas a diarioEs increible que en una democracia parlamentaria haya estas multas y que acceda a ello los agentes de la Benemérita. ¡A LO QUE HEMOS LLEGADO! SE QUE EN ALGUNOS SITIOS SE PONEN ESTAS MULTAS SIN HABER TRAFICO ALGUNO QUE IMPIDA EL PARAR AL AUTO DEL INFRACTOR.
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